Stanpa valora positivamente las últimas sentencias contra estos delitos
Perfumería

La justicia europea continúa su lucha contra las ventas ilegales de copias de perfumes

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La justicia francesa acaba de presentar cargos contra Equivalenza Europa, la empresa española matriz de la cadena Equivalenza, que distribuye sus productos en Francia y otros 15 países, a través de 750 franquiciados, acusada de delito contra la propiedad industrial.

El pasado mes de noviembre, a partir de una denuncia presentada en el país vecino por la Asociación Francesa del Sector de la Cosmética (Febea), 27 tiendas de esta misma empresa en Francia fueron intervenidas y registradas por la Gendarmería Nacional francesa y una veintena de responsables de estas tiendas fueron citados a declarar ante las autoridades judiciales francesas.

Según explican desde la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa), la compañía española Equivalenza está acusada de prácticas desleales y parasitismo de marca por el uso y comunicación a sus franquiciados de “tablas de equivalencia” entre sus productos y marcas registradas de perfumes.

El uso de tablas o listados en los que, a partir de números, se establece una correlación con marcas de perfumes renombradas es ilegal y una práctica prohibida en la mayoría de las jurisdicciones. En el caso de Francia queda recogido en el Código de la Propiedad Intelectual y en el de España en la Ley de Marcas y Ley de Competencia Desleal, así como en el Reglamento de la Marca Comunitaria.

No sólo en Francia ha tenido lugar este revés legal a aquellas compañías cuyas prácticas están basadas en la venta ilegal de imitación de marcas de perfume. En junio del pasado año, la Audiencia Provincial de Alicante, en función de Tribunal de Marca Comunitaria, confirmaba la sentencia previa del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de esta provincia que, ante una denuncia del fabricante español de perfumes Puig, condenaba también a Equivalenza por infracción de marca y competencia desleal.

Y el pasado 14 de septiembre, Caravan, Saphir e IAP, sufrían también otro varapalo por parte del Tribunal de la Marca Comunitaria de Alicante que ratificaba una sentencia (con alcance en toda la Unión Europea) que prohíbe, en este caso, utilizar de forma oral o escrita marcas renombradas. Además, le condena por infracción de marca y competencia desleal por publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena, debido a la explotación parasitaria de esas mismas marcas.

En España, Stanpa valora positivamente que la justicia europea actúe contra estas copias de perfumes. Según ha declarado Val Díez, directora general de Stanpa, “hemos esperado respetuosamente a que la justicia actuara en estos casos de evidente ataque, apropiación indebida de la reputación ajena y parasitismo de las marcas de perfumes. Las sentencias contra estos fabricantes son contundentes. La utilización de listas de equivalencia en la venta de perfumes o las expresiones como 'inspirado en' que se están expandiendo en Europa son ilegales”.

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